Publicado por: Ministerio de Trabajo
19 de Enero , 2017¿Qué es el Convenio Colectivo?
El Convenio Colectivo de condiciones de trabajo, es el que, con intervención de los organismos más representativos, tanto de empleadores como de trabajadores, puede celebrarse entre uno o varios sindicatos de trabajadores, y uno o varios empleadores o sindicato de empleadores, con el objeto de establecer las condiciones a que deben sujetarse los contratos de trabajo de una o varias empresas.
¿Cómo solucionar un conflicto económico de trabajo?
1. Las partes no llegan directamente a un acuerdo.
2. El empleador o el sindicato de trabajadores solicitará la mediación del Ministerio de Trabajo mediante escrito fechado y firmado que exprese:
a) Los nombre, domicilio y demás enunciaciones necesarias para la identificación de la parte interesada, incluso la fecha y número de su registro en el Departamento de Trabajo, si es una asociación laboral, así como los nombres, domicilio y demás enunciaciones necesarias para la identificación de la parte contraria;
b) Las condiciones de trabajo cuya adopción o modificación pretenda obtener la parte interesada, y las razones en que base sus pretensiones;
c) Los motivos que oponga la parte contraria para no aceptarlas.
3. En las 48 horas subsiguientes al depósito o recibo del escrito el Ministro de Trabajo designará al mediador.
4. El mediador dentro de las 48 siguientes a su designación citará a las partes para buscar solución al conflicto.
5. En caso de conciliación se redactará un acta en la cual se exprese lo convenido, en caso contrario o cuando la parte citada no comparece el mediador lo certificará a solicitud de la parte interesada.
6. En caso de inasistencia de una de las partes legalmente citadas el mediador levantará acta de infracción.